De acuerdo con el marco regulatorio mexicano expedido por la Secretaría de Energía, la Comisión Nacional de Energía (CNE) —anteriormente CRE—, la Ley del Sector Hidrocarburos y la Directiva de Tarifas (DIR-GAS-001-2007), una factura de gas natural para un consumidor industrial o comercial no puede ser un cobro global opaco.
Debe cumplir con un principio de desagregación obligatoria de componentes (unbundling) para transparentar exactamente qué se está pagando en cada etapa de la cadena de valor.
A continuación, se detallan los elementos fundamentales que debe contener la factura de gas natural:
1. Datos Identificativos, Legales y Fiscales
Datos fiscales del emisor y receptor (CFDI): Nombre o razón social, RFC, domicilio fiscal, régimen fiscal y uso del CFDI conforme a las normativas del SAT.
Permiso regulatorio vigente: Número de permiso de comercialización o distribución otorgado por la autoridad energética (CNE/CRE).
Identificación del contrato y punto de entrega: Número de contrato de suministro y la clave/ubicación exacta del punto de recepción o estación de medición (acometida).
2. Desglose Regulatorio de la Cadena de Valor (Componentes Tarifarios)
Por regulación, el precio del suministro debe estar desglosado de manera que el usuario identifique el costo de la molécula separado de los servicios logísticos:
Costo de la Molécula (Suministro / Gas Natural): El precio de adquisición del combustible en boca de pozo o hub de referencia más adder comercial, expresado por unidad de energía (Gigajoules - GJ o MMBtu).
Tarifa de Transporte (SISTRANGAS o ducto privado): El costo regulado por conducir el gas por la red de transporte nacional o periférica, desglosado según la zona tarifaria correspondiente y la modalidad del servicio.
Tarifa de Distribución (si aplica): El cargo regulado por el uso de la red local de tuberías para llevar el gas desde el city gate hasta la planta o comercio.
Cargos de Balanceo Operativo y Gas de Operación: Montos asociados a los servicios de balance del sistema y combustible consumido en compresión por el gestor de la red (CENAGAS o transportista).
3. Datos de Medición y Parámetros Técnicos
El gas se mide físicamente por volumen, pero la regulación exige que se facture en unidades de energía (Gigajoules) de acuerdo con las especificaciones técnicas:
Volumen Medido: Cantidad de gas consumido expresado en metros cúbicos o miles de pies cúbicos.
Poder Calorífico y Factor de Corrección: El poder calorífico promedio registrado durante el periodo (conforme a la NOM-001-SECRE-2010), utilizado para convertir el volumen físico en energía entregada real.
Energía Entregada: Total de Gigajoules (GJ) o MMBtu consumidos en el mes de flujo.
4. Detalle Financiero y Comercial
Cargo Fijo vs. Cargo Volumétrico: Distinción entre los cargos por reservación de capacidad contratada y los cargos por volumen consumido.
Penalizaciones o Ajustes (si aplican): Cargos por desbalances fuera de la tolerancia operativa (+/- 5%), cargos por Take-or-Pay o ajustes por calidad del gas.
Impuestos aplicables: IVA (16% o 8% en zona fronteriza) desglosado debidamente sobre los conceptos gravables.
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